Presentaron un proyecto para que un niño pueda ser adoptado por su familia de tránsito si lleva más de un año bajo su cuidado

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Presentaron un proyecto para que un niño pueda ser adoptado por su familia de tránsito si lleva más de un año bajo su cuidado

Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados busca propone que un niño pueda ser adoptado por la familia de tránsito si lleva más de un año bajo el cuidado de ésta. La intención es que los jueces consideren de manera especial el vínculo construido cuando una convivencia inicialmente transitoria se prolonga.

La iniciativa fue presentada por el diputado de Encuentro Federal Nicolás Massot. El texto tiene en cuenta que los niños pasan bajo la guarda de una familia de tránsito años, generan vínculos y estos hogares se convierten en su principal referencia afectiva.

El proyecto establece que cuando el niño lleve más de 365 días con una misma familia de acogimiento, el juez deberá considerar especialmente ese vínculo antes de decidir su futuro.

“El paso del tiempo no puede otorgar automáticamente a un adulto el derecho a adoptar, pero tampoco puede ser indiferente en la vida de un niño. Si un tránsito pensado para algunos meses se prolonga durante años, el vínculo construido deberá formar parte de la decisión”, señaló Massot.

La propuesta no obliga a la familia de tránsito a adoptar ni le concede automáticamente la adopción. Si quiere hacerlo, deberá manifestar su voluntad, atravesar una evaluación integral de idoneidad e incorporarse al registro de adoptantes. La decisión final continuará en manos del juez y deberá tomarse en función del interés superior del niño.

Al resolver, el magistrado tendrá que analizar la duración y la calidad de la relación, la estabilidad del hogar, la continuidad de los cuidados y el impacto que podría provocar una separación. También deberá escuchar la opinión del niño, según su edad y grado de madurez.

Actualmente, el acogimiento familiar está concebido como una medida temporal y no genera por sí mismo un derecho a adoptar. Esa regla busca evitar que una persona se presente como familia de tránsito para eludir el procedimiento y obtener una ventaja frente a quienes están inscriptos en el registro.

El proyecto mantiene esa precaución, pero propone que el sistema tampoco pueda ignorar una relación afectiva que se consolidó durante una convivencia prolongada. Por eso excluye expresamente los casos originados en entregas directas, maniobras para saltear el registro o cualquier otro hecho ilícito.

“El objetivo de todas las medidas que plantea el proyecto es uno sólo: ubicar efectivamente al niño, niña o adolescente en el centro de las decisiones. Para eso se requieren instituciones que funcionen en tiempo razonable, decisiones fundadas, familias preparadas, recursos disponibles y políticas públicas capaces de acompañar las transiciones que atraviesan los niños”, afirma Massot.

Al respecto, el diputado nacional explica: “Cuando la permanencia en la familia de origen resulta posible, el Estado debe hacer lo necesario para sostenerla. Cuando no lo es, debe procurar una solución familiar alternativa sin demoras injustificadas. Y cuando la adopción resulta finalmente la respuesta adecuada, debe asegurar que la integración familiar pueda construirse con tiempo, estabilidad, acompañamiento y protección social”.

El “referente afectivo”

La iniciativa incorpora, además, la figura del “referente afectivo”. Se trata de una persona que, sin tener un vínculo de parentesco, haya construido con el niño una relación significativa, estable y protectora. Si manifiesta su voluntad de adoptar, también podrá ser evaluada e incorporada al registro.

En caso de que el niño sea integrado a otra familia adoptiva, el proyecto contempla la posibilidad de que mantenga contacto con la familia de acogimiento, siempre que esa continuidad resulte beneficiosa para él. El objetivo es evitar que la conformación de una nueva familia implique necesariamente la ruptura abrupta de todos los vínculos anteriores.

La reforma incluye también otras modificaciones al sistema de adopción. Entre ellas, crea una licencia laboral de hasta 30 días durante la vinculación y otra de 90 días desde el otorgamiento de la guarda, con una extensión adicional en casos como la adopción de grupos de hermanos, chicos mayores de ocho años o personas con discapacidad.

También propone una asignación mensual durante el proceso de integración adoptiva, acompañamiento psicológico, social y jurídico antes y después de la adopción, capacitación obligatoria para los aspirantes y mayores controles sobre las demoras administrativas y judiciales.

Además, establece que las prestaciones sociales y sanitarias deberán acompañar al niño cuando cambie la persona responsable de su cuidado, para evitar interrupciones durante el paso de una institución o familia de acogimiento a una guarda adoptiva.

BPO

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