Loan no se evaporó, no desapareció por voluntad propia ni decidió abandonar a su familia: alguien se lo llevó. Quienes lo secuestraron conocen, total o parcialmente, una verdad que la Justicia todavía no pudo reconstruir: para qué se lo llevaron, qué ocurrió después y cuál fue su destino. Más de dos años, diecisiete acusados y miles de páginas más tarde, Loan sigue sin aparecer. Ya no alcanza con preguntar dónde está. También debemos preguntar quién lo eligió, quién lo trasladó, quién pudo recibirlo y por qué el silencio ha resistido durante tanto tiempo. La pregunta que el juicio no puede eludir es también la más brutal: ¿para qué se llevaron a Loan?
Diecisiete acusados y ninguna respuesta definitiva
El 13 de junio de 2024, Loan Danilo Peña, de cinco años, desapareció en el paraje El Algarrobal, jurisdicción de 9 de Julio, Corrientes, después de haber compartido un almuerzo en la casa de su abuela Catalina Peña y de dirigirse con otros niños y varios adultos hacia un naranjal cercano. Desde entonces no volvió a ser visto y su destino continúa siendo desconocido. Por su sustracción y ocultamiento llegaron acusados al juicio Bernardino Antonio Benítez, Laudelina Peña, María Victoria Caillava, Carlos Guido Pérez, Daniel Oscar Ramírez, Mónica del Carmen Millapi y Walter Adrián Maciel; de acuerdo con el requerimiento fiscal, los seis primeros en carácter de autores y Maciel como partícipe necesario del delito previsto en el artículo 146 del Código Penal. En la causa conexa también fueron enviados a juicio Nicolás Soria, Federico Rossi Colombo, Elizabeth Cutaia, Alan Cañete, Delfina Taborda, Pablo Noguera, Pablo Núñez, Valeria López, Verónica Machuca Yuni y Leonardo Rubio, acusados de distintas maniobras presuntamente dirigidas a desviar la investigación y a retener o manipular los testimonios de los niños que habían estado con Loan. Existen diecisiete acusados y una enorme actividad judicial, pero permanecen abiertas las preguntas fundamentales: ¿dónde está Loan, qué hicieron con él y para qué se lo llevaron?
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La pregunta que el expediente todavía no responde
Durante más de dos años hemos repetido la misma pregunta: ¿dónde está Loan? Es la pregunta necesaria, humana e inevitable, pero quizá ya no sea suficiente. Si la hipótesis acusatoria sostiene que el niño fue sustraído, ocultado y apartado de su familia, entonces existe otra pregunta que incomoda mucho más, una pregunta que obliga a atravesar la superficie del expediente y aproximarse al posible sentido criminal del hecho: ¿para qué se llevaron a Loan?

La pregunta es brutal, pero no morbosa. Tampoco implica afirmar una respuesta que todavía no ha sido demostrada. Significa razonar desde la propia hipótesis elevada a juicio : si Loan no se perdió, si no se desorientó ni desapareció espontáneamente, sino que fue deliberadamente sustraído, alguien debió actuar con alguna finalidad. Los niños no son apartados de sus familias porque sí. Detrás de una sustracción consciente existe necesariamente un propósito, aunque todavía permanezca oculto, aunque haya cambiado durante la ejecución del hecho o aunque el resultado final haya sido distinto del inicialmente perseguido.
La finalidad todavía desconocida
¿Se lo llevaron para entregarlo a otra persona? ¿Para trasladarlo hacia otro lugar? ¿Para mantenerlo oculto? ¿Para apropiarse de su identidad? ¿Para explotarlo? ¿Para emplearlo como objeto de intercambio? ¿Para satisfacer algún interés criminal que todavía no ha sido descubierto? ¿O para impedir que se conociera otro hecho ocurrido aquel 13 de junio de 2024?
No todas estas posibilidades tienen la misma plausibilidad ni encuentran actualmente respaldo en elementos comprobados. Se presentan como categorías de análisis, no como afirmaciones acerca de lo sucedido. Una investigación seria no puede reemplazar la prueba por la imaginación, pero tampoco puede clausurar interrogantes simplemente porque resulten dolorosos, inquietantes o difíciles de responder.
No sabemos cuál fue la finalidad de la sustracción. Tampoco sabemos quién pudo concebirla, quién habría impartido instrucciones, quién habría realizado materialmente el traslado, quién pudo facilitarlo, quién habría recibido al niño ni qué personas podrían conocer actualmente su destino. Ése es el fracaso central que subsiste, más allá de toda la actividad desplegada: después de dos años de investigación, diecisiete acusados, miles de páginas, innumerables declaraciones, peritajes, allanamientos, teléfonos examinados, vehículos analizados y búsquedas, el Estado argentino todavía no puede explicar dónde está Loan, qué ocurrió con él ni para qué se lo llevaron.
Si fue sustraído, debió existir una finalidad
El razonamiento es elemental. Si la acusación sostiene que existió una sustracción deliberada, el hecho debió tener alguna dirección. Alguien quiso producir un resultado: separar a Loan de su familia, impedir que fuera encontrado y mantenerlo fuera del alcance de quienes tenían legítimamente su cuidado. Pero ¿era Loan el objetivo desde el comienzo? ¿Fue elegido previamente o la decisión se tomó al advertir una oportunidad? ¿Quien ejecutó la sustracción conocía de antemano al niño? ¿Actuó por cuenta propia o por encargo de otra persona? ¿La finalidad estaba en el mismo lugar donde desapareció o se encontraba a cientos o miles de kilómetros?
Y todavía existe un interrogante más inquietante: ¿quiénes estuvieron en el escenario inicial constituían la totalidad del hecho o apenas un eslabón de una secuencia más amplia?
No lo sabemos. Ésa es una de las frases centrales de esta historia. No como resignación ni como licencia para inventar, sino como constatación institucional. Admitir que no se sabe constituye el primer acto de honestidad; conformarse con no saber sería el último acto del abandono.
¿Fue elegido Loan o fue elegida la oportunidad?
No es lo mismo que alguien hubiera querido específicamente a Loan a que alguien hubiera querido sustraer a un niño y encontrara en él una oportunidad. La diferencia es decisiva.
Si Loan hubiese sido seleccionado previamente, la investigación debería buscar señales anteriores al 13 de junio: observaciones, comunicaciones, vínculos, conversaciones, movimientos, preparación logística o alguna manifestación de interés en el niño o en su entorno. Si, en cambio, la decisión hubiera surgido durante el almuerzo o inmediatamente después, habría que explicar cómo se organizó en pocos minutos el traslado, quién dispuso de los medios necesarios, quién pudo recibirlo y de qué manera se consiguió ocultarlo durante tanto tiempo.

Cualquiera de las dos hipótesis presenta dificultades enormes. La planificación previa debería haber dejado rastros. La improvisación habría exigido una coordinación extraordinariamente rápida. ¿Dónde están esos rastros? ¿Dónde está esa coordinación? ¿Quién podía activarla? ¿Quién tenía acceso a vehículos, caminos, comunicaciones, contactos o lugares seguros? ¿Quién contaba con la confianza necesaria para acercarse a Loan sin despertar temor? ¿Quién sabía que podía apartarlo del lugar antes de que comenzara la búsqueda?
Nuevamente, no lo sabemos.
Loan falta: ése es el hecho
La ausencia persistente de Loan es el hecho central que ninguna versión ha conseguido explicar. Que todavía no conozcamos su destino no significa que nada pueda afirmarse: significa que aquello que ocurrió aún no pudo ser completamente reconstruido. Loan estuvo allí, fue visto, se alejó acompañado de otras personas y, en algún momento, dejó de estar donde debía estar. Desde entonces no regresó. Ése no es un vacío: es una realidad concreta que exige una explicación.
Después comenzaron la búsqueda, las contradicciones, los silencios, las sospechas y las versiones enfrentadas. La niebla llegó más tarde. La niebla no produjo la desaparición: la niebla dificulta saber quién la produjo y con qué finalidad.
Por eso resulta peligroso confundir la falta de una respuesta definitiva con la inexistencia de una verdad. La verdad existe, aunque todavía no la conozcamos.
En algún momento de aquella secuencia hubo una acción, una decisión, un desplazamiento, una intervención humana o una cadena de intervenciones capaz de explicar por qué Loan no regresó con su familia.
Alguien hizo algo. Alguien vio algo. Alguien escuchó algo. Alguien advirtió un movimiento que entonces pudo parecer insignificante. Alguien conoce una palabra, un recorrido, un vehículo, una llamada, un encuentro o un silencio capaz de modificar lo que hoy sabemos.
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¿Quién?
¿Dónde termina el desconocimiento y dónde comienza el silencio?
Después de dos años resulta difícil aceptar que nadie sepa absolutamente nada. Puede discutirse cuánto conoce cada persona, si posee una visión completa o apenas un fragmento, si comprendió inmediatamente la importancia de lo que observó o si la advirtió mucho después. Pero la desaparición de un niño no ocurre en una abstracción: ocurre en un lugar, en un tiempo y mediante actos concretos.
¿Es posible que todos ignoren todo? ¿Es posible que nadie haya visto una salida, un traslado, una entrega o un ocultamiento? ¿Es posible que ninguna persona haya escuchado una conversación posterior, percibido un cambio de conducta, observado un movimiento extraño o recibido una confidencia?
Puede existir una persona que conozca toda la verdad. También pueden existir varias personas que conozcan solamente partes y que, por separado, no alcancen a comprender el cuadro completo. Una puede saber cómo salió Loan del lugar; otra, en qué vehículo; otra, hacia dónde fue trasladado; otra, quién lo esperaba; otra, qué ocurrió después.
La verdad puede encontrarse fragmentada. Pero que esté fragmentada no significa que haya desaparecido. Por eso la pregunta ya no debe ser únicamente quién sabe dónde está Loan. También debemos preguntar: ¿quién sabe algo que todavía no contó?
El tiempo solo no responde y a veces también destruye
Han pasado más de dos años. El tiempo no produjo una respuesta: produjo desgaste.
Los recuerdos se debilitan, los relatos se modifican, los testigos incorporan información ajena, las versiones periodísticas se mezclan con las percepciones propias, los lugares cambian, los objetos se pierden y los rastros materiales se deterioran. También la sociedad se cansa. Y ese cansancio puede convertirse en el mejor aliado de quienes necesitan que la pregunta deje de formularse.
Pero el transcurso del tiempo no vuelve menos grave la desaparición. No transforma una sustracción en una anécdota, no elimina la permanencia del daño ni reemplaza la obligación estatal de encontrar al niño. Loan no pertenece al pasado mientras su destino continúe siendo desconocido.
El almuerzo fue el 13 de junio de 2024. La ausencia continúa hoy.
¿Y si la finalidad inicial cambió?
Existe otro interrogante que no puede ser evitado. Aun cuando pudiera determinarse para qué se llevaron a Loan, eso no necesariamente revelaría qué sucedió después. Una finalidad criminal puede fracasar, modificarse o ser abandonada. Quien recibe al niño puede actuar de manera diferente de quien lo sustrajo. Un traslado inicialmente previsto puede ser interrumpido. Una situación inesperada puede modificar el plan.
Por eso existen, en realidad, dos preguntas diferentes: ¿para qué se llevaron a Loan y qué hicieron después con él?
Confundirlas puede conducir a un error. La finalidad inicial explicaría el motivo de la sustracción, pero no necesariamente el destino final. Ambas cuestiones deben investigarse, aunque puedan conducir hacia personas, lugares y responsabilidades diferentes.

¿Está vivo y permanece oculto? ¿Fue trasladado fuera de Corrientes? ¿Atravesó una frontera? ¿Fue entregado a terceros? ¿Se modificó su identidad? ¿O se produjo un desenlace fatal después de su desaparición y alguien decidió ocultar lo ocurrido?
No podemos responderlo. Pero tampoco podemos declarar equivalentes todas las hipótesis. Cada una debe ser contrastada con la cronología, la geografía, las comunicaciones, los movimientos económicos, las posibilidades materiales y, sobre todo, la prueba. Una hipótesis sin sustento es solamente una conjetura. Una hipótesis compatible con indicios verificables constituye una línea de investigación. La diferencia entre ambas se llama prueba.
Una conducta difícil de explicar
Algo profundamente inquietante ocurre alrededor de la desaparición de Loan, tan difícil de explicar cómo su propia ausencia. Quienes se encuentran acusados de su sustracción y ocultamiento afrontan, conforme al artículo 146 del Código Penal, una escala penal que puede alcanzar los quince años de prisión; los restantes imputados deben responder por las conductas atribuidas en la causa conexa. Sin embargo, al menos exteriormente, algunas de las actitudes públicas observadas durante el proceso no parecen guardar correspondencia con la excepcional gravedad del hecho investigado ni con la dimensión irreparable del sufrimiento causado a los padres y hermanos del niño.
No se trata corresponde subrayarlo de convertir el silencio, la estrategia defensiva, un gesto o la ausencia de arrepentimiento en indicios de culpabilidad. Ninguna persona está obligada a declarar contra sí misma, a contribuir con su propia acusación ni a exteriorizar una conducta determinada para demostrar su inocencia. Tampoco puede inferirse responsabilidad penal de una impresión formada desde el exterior de la sala de audiencias.
Lo que sí puede señalarse es que ciertas manifestaciones públicas de confrontación, indiferencia o provocación resultan difíciles de conciliar con la prudencia que impondría la desaparición todavía no esclarecida de un niño. Tales comportamientos no acreditan responsabilidad penal y deben ser examinados individualmente, sin atribuir una actitud uniforme a los diecisiete acusados. Pero integran el clima humano y procesal que rodea el caso y explican parte de la perplejidad social.
La pregunta permanece abierta: ¿se trata de estrategias defensivas individuales, de la convicción de que la prueba no alcanzará para condenar, de una expectativa de impunidad o existe algún factor externo temor, amenazas o protección de terceros capaz de explicar determinadas conductas? La Justicia sólo podrá responder mediante pruebas y no mediante impresiones. La pregunta puede formularse; la culpabilidad, en cambio, únicamente puede establecerse en una sentencia dictada después de un juicio respetuoso de todas las garantías.
Diecisiete acusados y una ausencia intacta
El proceso posee acusados, defensores, fiscales, jueces, testigos, peritos, documentos y miles de horas de trabajo. Sin embargo, todavía carece de aquello que debería constituir su resultado más urgente: Loan.
Ésa es la contradicción insoportable. El expediente creció; la respuesta no. La cantidad de personas investigadas aumentó, pero el conocimiento sobre el destino del niño no avanzó en la misma proporción. Se acumularon resoluciones, audiencias e incidentes y, aun así, las preguntas más importantes continúan en el mismo lugar.
¿Dónde está Loan? ¿Para qué se lo llevaron? ¿Quién lo recibió? ¿Quién conoce su destino? ¿Quién ignora realmente lo ocurrido? ¿Quién calla?
Un perito confirmó que había rastros de Loan en los autos de la exfuncionaria municipal y su marido
La pregunta no puede prescribir en la conciencia social
El juicio oral deberá determinar responsabilidades penales sobre la base de pruebas y respetando plenamente las garantías de todas las personas acusadas. No puede condenarse para compensar la angustia social ni para proporcionar una respuesta simbólica. Una sentencia no puede decir más de lo que la prueba permita demostrar.
Pero la absolución o condena de determinados imputados tampoco puede utilizarse para clausurar artificialmente la búsqueda. El proceso puede establecer responsabilidades y, aun así, no reconstruir completamente el destino de Loan. Puede dictarse una sentencia y persistir el interrogante.
Por eso la sociedad no debe confundir el final de un juicio con el final del caso. El caso terminará cuando sepamos qué ocurrió con Loan y dónde está.
Hasta entonces habrá que seguir preguntando. No por obstinación retórica, no para alimentar el espectáculo ni para multiplicar sospechas irresponsables, sino porque detrás de cada pregunta todavía se encuentra un niño que no regresó.
¿Para qué se llevaron a Loan? No lo sabemos.
¿Dónde está? Tampoco.
Y ésa no es una conclusión. Es la medida exacta de todo lo que todavía falta investigar.
Para leer más allá de esta nota
Lo que sabemos y aquello que todavía falta probar deben apoyarse en documentos capaces de atravesar la niebla. Señalar de dónde procede la información no constituye una formalidad editorial: es una exigencia de respeto, seriedad, responsabilidad y dignidad humana. Los documentos oficiales son el punto de partida para seguir las huellas del caso, distinguir los hechos de las conjeturas y mantener abiertas solamente las preguntas que la prueba todavía no consiguió responder.
La reconstrucción procesal de esta nota se apoya en el requerimiento de elevación a juicio y en la información institucional difundida por el Ministerio Público Fiscal de la Nación acerca de la causa principal y del expediente conexo, incluida la identificación de las diecisiete personas acusadas, las calificaciones legales atribuidas y el criterio fiscal según el cual Loan no se extravió, sino que fue sustraído y posteriormente ocultado. Para la descripción típica se tuvo presente el artículo 146 del Código Penal argentino, que reprime la sustracción de un menor de diez años del poder de sus padres o responsables, así como su retención u ocultamiento. También se consideró la información oficial del Ministerio de Seguridad Nacional relativa a la búsqueda de Loan y a la recompensa vigente para quienes aporten datos útiles que permitan encontrarlo. Las hipótesis formuladas en el artículo no se presentan como hechos acreditados: constituyen interrogantes de investigación que deberán ser confirmados o descartados mediante prueba producida y discutida con respeto irrestricto por el debido proceso y la presunción de inocencia.