Inocencia Fiscal: 87% de las causas judiciales por evasión impositiva se cayeron por los beneficios de la ley

Clarin.com - Home
5 Min Read
Inocencia Fiscal: 87% de las causas judiciales por evasión impositiva se cayeron por los beneficios de la ley

Aunque la Ley de Inocencia Fiscal todavía no tuvo mayor impacto en la salida de los “dólares del colchón”, ya tuvo efecto en los tribunales: 87% de las causas judiciales por evasión se cayeron por los beneficios incluidos en la normativa y que alcanzan a los involucrados que estaban siendo investigados por incumplimientos a la Ley Penal Tributaria por delitos fiscales, aduaneros y de la seguridad social desde antes de la entrada en vigencia de la ley.

El régimen penal tributario contempla penas de dos a nueve años de prisión por evadir el pago de impuestos en los tres niveles del Estado, además del aprovechamiento indebido de subsidios y la obtención fraudulenta de beneficios fiscales, entre otras maniobras.

Así, desde la sanción en diciembre de la norma que busca incentivar la regularización de fondos para reactivar la economía, quedaron en pie solo el 13% de los expedientes por delitos contra el fisco que impulsaba la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), según pudo saber Clarín en base a la última actualización de los datos oficiales.

De un total de 6.259 que se tramitaban en el fuero Penal Económico al momento de la sanción de la ley a fin de año, se cerraron 5.445 y actualmente se mantienen apenas 814.

Fuero Penal Económico

Es por las condiciones que la norma dispuso, entre ellas, la flexibilización de los topes patrimoniales y de ingresos, que se elevaron a $ 100 millones para el caso de evasión simple y a $ 1.000 millones para evasión agravada, y que ahora el Gobierno busca eliminar en el nuevo proyecto que mandará al Congreso para renovar la Ley en pos de que se adhieran más contribuyentes y del que ya se conocieron detalles por el borrador que circuló.

En tanto, por el delito de retención indebida de los aportes a la seguridad social, el tope se aumentó a $ 3,5 millones mensuales, mientras que en el caso de la retención indebida de los tributos pasó a $ 10 millones por mes.

De esa manera, las causas que contemplaban cifras menores a estos umbrales quedaron inmediatamente sin efecto, considerando las nuevas condiciones de punibilidad que se fijaron y que la Justicia debe guiarse por la ley penal más benigna, con la aplicación retroactiva para el imputado, aunque los hechos hayan sucedido antes de la modificación legal.

En ese sentido, se siguieron los lineamientos de ARCA, que estipuló un cambio de enfoque en materia de política criminal, que ahora busca concentrar los recursos de la administración pública en los expedientes de mayor envergadura o que involucran a conductas más sofisticadas.

Lázaro Báez, sus hijos y otras 11 personas relacionadas a él fueron sobreseídos. Foto: archivo

Cabe aclarar que aunque las causas quedaron sin efecto desde el punto de vista penal, eso no exime al fisco de reclamar intereses desde la fecha de vencimiento de la obligación tributaria hasta la fecha de pago, ni tampoco de la multa por defraudación, que puede llegar al 100% del impuesto omitido.

Por la aplicación retroactiva de Inocencia Fiscal, esta semana, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso presentado por la defensa de un empresario responsable de la firma Recolección y Limpieza Ambiental S.A., y dictó su sobreseimiento definitivo.

Estaba acusado por presuntas maniobras de evasión de Impuesto a las Ganancias en 2017, por $ 1.998.088,45, y de IVA en 2018 y 2019, por $ 16.057.106 y $ 17.477.853,75, respectivamente, montos que bajo el régimen anterior, quedaban alcanzados por el derecho penal tributario. Por el cambio, se le otorgó finalmente el sobreseimiento.

Casación extinguió la acción penal por evasión fiscal contra Alberto Samid. Foto: archivo

Un caso resonante fue el de Lázaro Báez, sus hijos y otras 11 personas relacionadas a él, que recibieron un sobreseimiento parcial en una causa por evasión de la firma Austral Construcciones, en el que estaban involucrados por evasión de IVA y Ganancias entre 2010 y 2014.

A su vez, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal dejó firme la decisión que extinguió la acción penal por evasión fiscal contra Alberto Samid, el “Rey de la Carne”, y su socio José María Suárez, por irregularidades con el pago de IVA y Ganancias de la firma El Fuego y El Agua S.A.

Share This Article
Leave a Comment

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *