Fiscal Glinka tras la condena a Ramírez por la muerte de su hija en Posadas: “Se hizo justicia y se contó la historia como había que contarla”

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Fiscal Glinka tras la condena a Ramírez por la muerte de su hija en Posadas: “Se hizo justicia y se contó la historia como había que contarla”

El fiscal del Tribunal Penal Uno de Posadas, Vladimir Glinka, consideró que la condena a 16 años de prisión impuesta a Mariela Andrea Ramírez por la muerte de su hija Rocío Belén López permitió establecer en el fallo la hipótesis que había sostenido durante el juicio.

Considero que se hizo justicia. Yo quería que la historia se cuente como lo que fue. Yo hablé de un homicidio, esto fue un homicidio y, evidentemente, los jueces también lo entendieron así”, señaló Glinka luego de conocerse la sentencia.

El funcionario judicial remarcó que el debate demandó siete jornadas y que durante ese período se analizaron testimonios, informes médicos, pericias y las declaraciones de la acusada. “Más allá del tiempo que haya llevado, cada causa lleva lo que tiene que llevar, porque son muy serias las cosas que discutimos”, sostuvo.

“Belén murió en esos últimos diez días”

Al reconstruir el caso, Glinka explicó que Rocío Belén López nació en 1998 y que posteriormente fue diagnosticada con síndrome de Rett, una enfermedad que generó dificultades para su cuidado y la dejó en una situación de dependencia.

Según el fiscal, durante gran parte de su vida la adolescente permaneció al cuidado de sus abuelos y una tía. Diez días antes de su muerte, la abuela viajó a Corrientes junto con una de sus hijas y Belén quedó bajo el cuidado de su madre biológica.

Estos últimos 10 días fue la madre biológica la que la tuvo a Belén y se produce este desenlace fatal”, relató Glinka.

La adolescente murió el 23 de julio de 2013, a los 15 años. Durante el debate se expuso que presentaba un cuadro de desnutrición y deshidratación severa.

Uno de los puntos discutidos durante el juicio estuvo relacionado con la autopsia y la causa de muerte. Glinka rechazó que ese aspecto haya generado una controversia médica concreta.

La causa de muerte siempre fue clara”, afirmó el fiscal, quien consideró que la defensa intentó instalar dudas sobre las conclusiones de la autopsia.

“Belén murió en esos últimos diez días”

En ese sentido, sostuvo que el médico que realizó el estudio respondió durante el debate a los interrogantes planteados y ratificó sus conclusiones. El trabajo de él era revisar un cuerpo y llevar a una conclusión, y fue lo que hizo”, expresó.

La perspectiva de género

Glinka también respondió a uno de los argumentos planteados por la defensa durante el debate: la aplicación de la perspectiva de género frente a la situación de vulnerabilidad que atravesaba Ramírez.

El fiscal sostuvo que ese enfoque debe aplicarse de manera objetiva y cuestionó que pueda utilizarse de manera selectiva.

No voy a permitir el uso sesgado, arbitrario y a título de presión para los funcionarios de la perspectiva de género”, afirmó.

Para Glinka, quienes intervienen en procesos judiciales deben analizar las situaciones de vulnerabilidad mediante las herramientas previstas para esos casos, pero sin realizar interpretaciones que, según su postura, respondan a conveniencias de una de las partes.

La acusación cambió durante el juicio

Ramírez había llegado al debate acusada inicialmente por abandono de persona agravado por el vínculo y por el resultado muerte. Durante el juicio, Glinka amplió la acusación y sostuvo que los hechos debían encuadrarse como un homicidio agravado por el vínculo mediante una conducta omisiva.

El fiscal defendió esa modificación y aseguró que se realizó dentro de las facultades previstas por el Código Procesal.

El primer día se cambió bajo las atribuciones que permite el código procesal, se hizo la intimación correspondiente y el juicio versó sobre eso. Acá no hay nada sorpresivo ni nada raro al respecto”, sostuvo.

Durante su alegato, Glinka había planteado que la muerte no podía atribuirse simplemente a que Ramírez se ausentaba de su vivienda para trabajar, sino a la falta de alimentación y líquidos que, según la acusación, sufrió Belén durante varios días.

Por ese planteo, había solicitado prisión perpetua y, de manera subsidiaria, una pena de hasta 20 años.

Una condena de 16 años y una disidencia

El Tribunal Penal Uno condenó a Ramírez a 16 años de prisión por homicidio agravado por el vínculo, cometido bajo circunstancias extraordinarias de atenuación. Los jueces Gustavo Bernie y Miguel Mattos votaron por la condena, mientras que Viviana Cukla planteó la absolución.

Ramírez fue detenida inmediatamente después de la lectura del fallo y comenzó a cumplir prisión preventiva mientras la sentencia no quede firme. Los fundamentos completos serán difundidos en una audiencia prevista dentro de los próximos diez días hábiles.

Glinka reconoció que todavía resta conocer los fundamentos para realizar una evaluación jurídica completa, especialmente porque el tribunal aplicó la última parte del artículo 80 del Código Penal, referida a circunstancias extraordinarias de atenuación.

Desconozco las razones por las cuales lo aplicaron. Creo suponer, o puedo suponer por qué, pero lo más importante, lo que yo vine a buscar hoy es saber si la historia se iba a contar como lo que fue, y así fue”, afirmó.

Y cerró: “En principio estoy contento. Después leeré los argumentos como para darte por ahí una devolución más técnica”.

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