La disputa judicial por la reforma laboral dio un giro clave luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ordenara al juez laboral remitir el expediente en 24 horas, consolidando la exclusión definitiva del fuero laboral y marcando un nuevo escenario en una causa.
La disputa judicial por la reforma laboral sumó un capítulo decisivo con la intervención de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que ordenó al juez laboral Raúl Horacio Ojeda remitir el expediente en un plazo de 24 horas, con habilitación de días y horas inhábiles, y ratificó que el caso debe tramitar fuera del fuero laboral.
La resolución, dictada por la Sala IV del tribunal, dejó en claro que la discusión sobre la competencia “se encuentra definitivamente resuelta” y apuntó directamente al incumplimiento del magistrado, quien hasta el momento no había acatado lo dispuesto el pasado 28 de abril, cuando se determinó el traslado de la causa al fuero contencioso administrativo federal.
En el texto, la Cámara indicó que interviene “en atención a lo informado por la jueza de grado en relación con el incumplimiento del juez del trabajo” y subrayó que, dado que el conflicto de competencia ya fue saldado, corresponde la remisión inmediata del expediente. En ese sentido, dispuso: “requiérase a este último la remisión de la causa […] en el plazo de 24 horas”, incluyendo la habilitación de días y horas inhábiles para evitar demoras.

El mensaje del tribunal es doble: por un lado, clausura cualquier margen de discusión sobre el fuero competente; por otro, establece un límite frente a la resistencia del juez laboral a cumplir con lo resuelto por la instancia superior.
Detrás de este movimiento judicial se encuentra la estrategia de la Procuración del Tesoro de la Nación, conducida por Sebastián Amerio, que tuvo un rol central en el planteo de inhibitoria que permitió trasladar el caso. El Gobierno, a través del Ministerio de Capital Humano y con el patrocinio de la Procuración, también solicitó levantar la medida cautelar dictada por Ojeda, que había suspendido más de 80 artículos de la ley.
La Procuración cuestionó además el trámite en la Justicia del Trabajo, señalando vulneraciones a garantías procesales, como la exclusión del organismo del patrocinio, el rechazo de planteos de nulidad e inhibitorias y la negativa a remitir el expediente pese a las órdenes judiciales.
En el oficialismo consideran que la actuación del organismo fue determinante para reencauzar el caso. “Se está trabajando a fondo para asegurar la implementación de una ley que fue debatida y sancionada por el Congreso”, indicaron fuentes oficiales.
El antecedente central de esta decisión se remonta al fallo del 28 de abril, cuando la Cámara resolvió que la causa impulsada por la CGT debía tramitar en el fuero contencioso administrativo federal, al considerar que excede el derecho laboral clásico e involucra cuestiones federales como la validez de una ley nacional.
Ese fallo implicó desplazar a Ojeda, quien había hecho lugar a una cautelar que suspendió una parte sustancial de la reforma laboral. También dejó en claro que las normas de competencia judicial son de orden público y deben aplicarse sin margen de discrecionalidad.
Uno de los puntos más sensibles del nuevo pronunciamiento es la mención explícita al incumplimiento del juez, quien, según lo informado por la jueza contencioso administrativa, se había negado a remitir las actuaciones pese a las órdenes previas. Esto llevó a la Cámara a dictar una orden directa, con plazo perentorio y habilitación de días inhábiles, en un movimiento institucional poco habitual.
El trasfondo: la cautelar de la CGT
El origen del conflicto se encuentra en la presentación de la CGT, que cuestionó la constitucionalidad de la reforma laboral y obtuvo una medida cautelar favorable en la Justicia del Trabajo. Esa decisión encendió las alarmas en el Gobierno, que desplegó una estrategia judicial para revertirla, en la que también intervino el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.
El objetivo oficial fue trasladar la causa fuera del fuero laboral, donde históricamente los sindicatos han tenido mayor receptividad, hacia un ámbito con competencia federal. Tanto el fallo del 28 de abril como la resolución actual indican que esa estrategia logró resultados en el plano procesal.
A partir de ahora, si Ojeda cumple con la orden, el expediente quedará radicado en el juzgado contencioso administrativo federal N° 12, que deberá analizar la cuestión de fondo: la constitucionalidad de la ley de reforma laboral y la validez de los artículos cuestionados.
El cambio de fuero redefine el marco del proceso y limita el margen de acción de la CGT en la Justicia del Trabajo, donde había conseguido su principal avance.
En adelante, el foco estará puesto en la resolución de fondo, en un conflicto que podría escalar hasta la Corte Suprema y que combina dimensiones jurídicas, políticas e institucionales. Mientras tanto, el Gobierno logró consolidar una posición clave: la discusión ya no se dará en el fuero laboral.