La Justicia falló este martes a favor de las universidades públicas en su reclamo por la implementación de la Ley de Financiamiento que fue aprobada en septiembre del año pasado por el Congreso, en medio de las nuevas medidas de fuerza en las facultades por reclamos de aumentos salariales y de presupuesto.
De acuerdo al fallo que se conoció este martes, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó una apelación del Gobierno y le exigió que implemente de inmediato la Ley de Financiamiento Educativo Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
La Justicia argumentó en esta nueva medida que no hay que perder de vista que “tanto la Cámara de Diputados como el Senado confirmaron el proyecto con dos tercios de los votos, por lo que el proyecto se convirtió en ley” y remarcó que los argumentos del Gobierno para no cumplir la norma son “poco serios”.
Ante esto, la Cámara resolvió que el Ejecutivo debe cumplir de forma inmediata con la actualización de los salarios de docentes y no docentes y con la actualización de las becas, al establecer que la suspensión por decreto de la ley es ilegítima.
La Justicia también argumentó que la aplicación de la ley no tiene fuerte impacto en el equilibrio fiscal, al precisar que el costo de implementar la normal representa un 0,23% del PBI.
El Gobierno había apelado a mediados de febrero la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro. Esa cautelar había sido dictada en diciembre del año pasado por el juez federal Enrique Cormick, tras un amparo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
Qué implica la ley de financiamiento universitario
La ley que fue aprobada en septiembre implica incluye el presupuesto para gastos de funcionamiento de las universidades, la recomposición salarial de docentes y no docentes, y el sostenimiento de líneas de apoyo vinculadas a ciencia y tecnología.
La norma dispone que los sueldos deben actualizarse de manera automática en función de la inflación acumulada entre diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley, en septiembre del 2025.
Conciente de que podía haber un fallo en contra de la Cámara, el Ejecutivo envió al Congreso un nuevo proyecto para modificar la ley votada por el Congreso que solo reconoce 12,3% de la pérdida salarial de 2025 y nada de 2024, cuando la caída real de los sueldos fue de 14% en 2025 y 38% en 2024.
La ley aprobada dispone, además, que el Estado nacional debe convocar a los gremios del sector a una negociación paritaria, al menos una vez cada tres meses, asegurando una actualización mensual no inferior a la inflación del Indec.
El nuevo proyecto también habla de una paritaria trimestral, pero no se menciona el compromiso del aumento mensual por inflación.
Con respecto a los gastos de funcionamiento de las universidades nacionales, la ley aprobada hablaba de una corrección por lo perdido en 2024 y 2025.
El proyecto de ley, en cambio, solo mira hacia 2026 y propone atar la actualización de esos gastos a la inflación observada por el Indec por encima del 14,3%, que es el valor estimado por el Presupuesto 2026.