El juicio federal por “facturas truchas” ingresó a su tramo final con una extensa jornada en la que la Unidad de Información Financiera (UIF) y ARCA desplegaron sus alegatos finales, reconstruyeron la estructura que, según sostienen, permitió producir facturación apócrifa, canalizar fondos a través de sociedades, cooperativas y fundaciones y posteriormente incorporar parte del dinero al circuito formal.
Pero el cierre de ARCA fue todavía más allá: pidió 15 años de prisión efectiva para Walter Pasko y Fernando Ayala, a quienes definió como jefes y coorganizadores de la asociación ilícita fiscal, y reclamó 9 años para María José Reinau. Para los tres sostuvo además la existencia de lavado de activos y pidió aplicar las reglas del concurso real entre ambos delitos. También solicitó multas equivalentes a tres veces el valor de las operaciones y el decomiso de los bienes vinculados a las presuntas maniobras.
Dos cabezas y una maquinaria con funciones diferentes
La descripción que realizó ARCA permite dimensionar la hipótesis acusatoria. Para la querella, no se trató de personas que actuaron aisladamente, sino de “dos grupos y dos estructuras con roles totalmente diferenciados”, encabezados por Pasko y Ayala.
Al contador Walter Pasko le atribuyó haber colocado al servicio de la organización su conocimiento profesional y la logística necesaria para operar fiscalmente. A Fernando Ayala, en cambio, lo ubicó como quien aportaba sus “contactos políticos”, “contactos sociales” y su intervención en los barrios, además de captar personas para integrarlas a cooperativas, asociaciones y otras entidades. Según ARCA, esa combinación permitía que una parte de la estructura aportara nombres y sociedades mientras la otra brindaba la ingeniería contable necesaria para hacer funcionar el circuito.

En ese esquema aparecen las denominadas “usinas de facturas”. Durante el alegato, ARCA explicó que se trata de entidades que pueden carecer de actividad real, empleados, proveedores o infraestructura y cuya razón de funcionamiento es la emisión de comprobantes. También distinguió las “usinas mixtas”: empresas con alguna actividad verdadera en las que, según la acusación, se incorporaban operaciones ficticias. La finalidad atribuida era generar gastos o ingresos inexistentes, compensar posiciones impositivas y alimentar el entramado societario.
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La acusación también volvió sobre uno de los puntos centrales de la investigación: el supuesto uso de claves fiscales de terceros. Durante el debate declararon contribuyentes que habían confiado el manejo tributario al estudio de Pasko y que aseguraron haberse encontrado posteriormente con facturaciones que desconocían. Entre los casos expuestos estuvieron comerciantes a cuyos CUIT se atribuyeron operaciones por materiales de construcción u otros rubros completamente distintos de su actividad habitual.
La UIF coincidió en que detrás de esas operaciones existió una estructura organizada y sostuvo que Pasko, Ayala y Reinau participaron además de la etapa posterior: la colocación del dinero presuntamente ilícito dentro de la economía formal, mediante inmuebles, vehículos, movimientos bancarios y otros bienes. Para ese organismo, los tres habrían actuado de manera habitual y coordinada dentro de una asociación dedicada a generar crédito fiscal espurio.
De monotributista a movimientos millonarios: una facturación “ridículamente baja”
Uno de los contrastes más fuertes del alegato de la UIF estuvo centrado en María José Reinau. Según los registros incorporados al juicio y expuestos por la querella, figuraba como monotributista vinculada al rubro de peluquería, mientras sus acreditaciones bancarias brutas habrían pasado de poco más de $1,1 millón en 2020 a $123,7 millones durante 2023.
Frente a ese movimiento bancario, la UIF sostuvo que la facturación declarada había sido “ridículamente baja”: mencionó $410.000 en 2021, $360.000 en 2022 y apenas $100.000 durante 2023. Para la querella, esa diferencia constituyó uno de los indicios que, sumados a inmuebles, vehículos, viajes y otros consumos analizados durante el debate, demostrarían una inconsistencia patrimonial incompatible con los ingresos formalmente declarados.
En el caso de Ayala, ARCA utilizó una expresión igualmente fuerte al momento de fundamentar la pena. Señaló que su trayectoria le había dado “viveza criolla” y “mucho barrio”, y consideró que sus vínculos sociales y políticos le permitían comprender perfectamente las operaciones que realizaba. Esa valoración fue utilizada por la querella para rechazar cualquier hipótesis de desconocimiento y sostener que actuó conscientemente dentro de la organización.

Para Pasko, el reproche estuvo directamente relacionado con su condición profesional. ARCA sostuvo que ocupó una posición de liderazgo y que habría utilizado su “expertiz técnica”, además de abusar de la confianza de clientes que le entregaban sus claves fiscales. Bajo esa hipótesis lo ubicó como “líder, jefe y cabeza de la estructura” y reclamó para él 15 años de prisión.
De los jefes a los “soldados de confianza”
El alegato también procuró explicar cómo se completaba la estructura debajo de esas dos cabezas. Para María Belén Reinau, por ejemplo, ARCA utilizó una definición particularmente gráfica: dijo que habría cumplido el papel de un “soldado de confianza” dentro de cooperativas y fundaciones y pidió siete años de prisión. A Ariel Acevedo lo describió, a su vez, como una de las “manos derechas” de Ayala dentro del entramado.
El cuadro de penas solicitado por ARCA quedó finalmente conformado de la siguiente manera: 15 años para Walter Pasko y Fernando Ayala; 9 para María José Reinau; 8 para Diana Yael Daniel; 7 para María Belén Reinau, Edith Maricel Ayala, Ariel Ramón Acevedo y Osvaldo Ramón Godoy; 5 para Álvaro Iván Pasko y Jorge Pasko; y 3 años y 6 meses para Juana Elsa Brahim. En los casos de Pasko, Ayala y María José Reinau, las penas requeridas contemplan tanto asociación ilícita fiscal como lavado de activos.

La UIF planteó una calificación y un pedido diferente. Su acusación se concentró exclusivamente en Pasko, Ayala y Reinau por lavado de activos agravado por haber sido cometido como miembros de una asociación o banda, y solicitó para cada uno 12 años de prisión, multa equivalente al doble del monto de las operaciones y el decomiso de los bienes que considera producto o instrumento de las maniobras.
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El cierre de ARCA resumió la dureza de su acusación. La querella sostuvo ante los jueces que se encontraban frente a una “gran organización” que, según su postura, “no solo defraudó” al Estado mediante tributos no ingresados y subsidios que no habrían tenido el destino social previsto, sino también a personas vulnerables mediante el uso de claves fiscales y promesas que no se habrían cumplido. Por eso pidió al tribunal una “sentencia ejemplar” y reclamó que al resolver se tenga particularmente en cuenta a quienes consideró los sectores más perjudicados por la estructura.
Los planteos de la UIF y ARCA constituyen pedidos de las partes acusadoras y no una sentencia. Las responsabilidades penales permanecen sometidas a decisión del Tribunal Oral Federal una vez terminados todos los alegatos y escuchadas las defensas.
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La audiencia continuará este martes 18 de agosto, desde las 8.30, con los alegatos del Ministerio Público Fiscal, a cargo del fiscal Federico Carniel. Recién después comenzará el turno de las defensas, antes de que el juicio quede en condiciones de ingresar en su etapa definitiva. El propio tribunal confirmó al finalizar la audiencia del viernes que el martes continuará la fase acusatoria.