La Corte Suprema de Justicia de la Nación aceptó este jueves intervenir en un planteo para que se declare la inconstitucionalidad de la reforma de la Constitución de Formosa que le permite al actual gobernador, Gildo Insfrán, ir por su noveno mandato consecutivo.
Fuentes judiciales informaron a Clarín que los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti aceptaron tratar un planteo de la oposición política en Formosa. Los magistrados entendieron que el máximo tribunal es “la competencia originaria” para intervenir y le dio el plazo de 60 días a Insfrán y a la Fiscalía de Estado para que contesten la demanda.
Insfrán es gobernador de Formosa desde 1995 y desde entonces fue reelecto siete veces de manera consecutiva porque la Constitución de la provincia permitía la relección indefinida. Pero en diciembre de 2024, la Corte Suprema lo declaró inconstitucional al aceptar un planteo de la Confederación Frente Amplio Formoseño, que integran la UCR, la Coalición Cívica y el peronismo disidente, entre otros.
“No existe duda de que habilitar a que una persona se desempeñe esa cantidad de años de manera ininterrumpida en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto al sistema republicano, porque la falta de renovación en el poder facilita el surgimiento de prácticas autoritarias de su ejercicio e imposibilita que la política democrática se desarrolle sanamente”, había dicho la Corte en su fallo.

Ante eso, Insfrán convocó a una reforma de la Constitución en la que se estableció limitar a dos los mandatos del gobernador y el vice con una sola reelección. Pero el oficialismo impuso una cláusula: “El mandato del gobernador y Vicegobernador en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma, deberá ser considerado como primer mandato”.
Eso habilita a Insfrán a volver a presentarse como candidato en las elecciones del año que viene, lo mismo que al actual vicegobernador, Eber Solís, que iría por su tercer período.
Frente a es cláusula, la Confederación Frente Amplio Formoseño volvió a presentarse en la Corte Suprema para pedir su inconstitucionalidad porque viola el fallo el primer fallo del máximo tribunal.

“La incorporación y aprobación de la cláusula transitoria cuarta es una maniobra evidente del gobierno de la provincia para desobedecer y pretender sortear con una treta el fallo de la Corte, y violentar de esta forma nuevamente el principio republicano de gobierno”, dijo la oposición en su presentación.
La discusión se centró en si la Corte es la instancia originaria para intervenir en el caso o debería recorrer otros tribunales para llegar al máximo tribunal. En base a otros precedentes propios y el propio fallo que declaró inconstitucional la relección indefinida en Formosa, los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti sostuvieron que están habilitados para resolver.
“El proceso corresponde a la competencia originaria de esta Corte”, resolvieron. Antes de dictar su sentencia y decidir si Insfrán puede o no volver a presentarse, el máximo tribunal escuchará la opinión del gobernador. Le dio 60 días para que conteste la demanda. Luego de eso opinará el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, y con eso los jueces quedarán habilitados para resolver.
Según los tiempos que se tome la Corte la decisión podrían llegar en 2027, año de elecciones presidenciales y de renovación de mandatos de la mayoría de los gobernadores del país.
La Corte tiene antecedentes en los que limitó las reelecciones de gobernadores. Lo hizo en los casos de Santiago del Estero, de Río Negro, de San Juan y de Tucumán cuando Gerardo Zamora, Alberto Weretilneck, Sergio Uñac y Juan Manzur buscaban una nueva postulación.