Carlos Carrascosa mató a su mujer”, “Martín Cirio es pedófilo”, “Fernando Carrera es un asesino”. Tres frases que millones repitieron sin dudar, aunque, después de años de pruebas y peritajes, ninguna se sostuvo ante un tribunal.
Empecemos por el final, que es la parte que casi nadie recuerda. A Carlos Carrascosa lo condenaron a prisión perpetua por el homicidio de María Marta García Belsunce, pasó años preso y luego absuelto porque las pruebas no alcanzaron para sostener la acusación. A Fernando Carrera lo sentenciaron a treinta años por la masacre de Pompeya, hasta que la Corte Suprema desarmó la causa y ordenó su absolución. A Martín Cirio lo investigaron durante tres años por una causa de apología de la pedofilia abierta a partir de unos tuits y terminó sobreseído. Ninguno de esos desenlaces circuló con la misma potencia que la acusación.
La acusación nos atrae, nos indigna y nos da algo para comentar o reenviar. La absolución, en cambio, nos obliga a revisar lo que ya habíamos dado por cierto. Esa incomodidad no se comparte con la misma facilidad. Lo puso en palabras el propio Cirio en PH, Podemos Hablar: pese al sobreseimiento, cada vez que aparece en una polémica lo primero que vuelven a decirle es “pedófilo”. Si en las redes todos se ponen de acuerdo en que hiciste una atrocidad, para el público ya la hiciste. Yanina Latorre lo resumió desde la lógica de los medios: ven de contar el drama, pero no que alguien fue sobreseído. La absolución, cuando aparece, sale minúscula.
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Cuando un tribunal absuelve a alguien no necesariamente está proclamando que sea inocente: está diciendo que el Estado no logró probar que fuera culpable. Que nadie sea condenado sin esa prueba no es una falla del sistema; es el sistema haciendo bien su trabajo. La verdad histórica muchas veces no la conoce nadie con certeza, ni siquiera los jueces que tienen el expediente, peritos, testigos y meses de audiencias. Sin embargo, la tribuna –que no vio una sola foja– condena en tiempo real, con una seguridad que el propio juez se niega a tener.
Y esto no les pasa solamente a quienes tienen apellido conocido y abogados de renombre. También le pasa al empleado acusado de robar y es despedido antes de que hubiera una prueba; al vecino que es marcado por un rumor que corrió más rápido que cualquier desmentida; o a quien pasó años en prisión preventiva, fue absuelto y volvió a un barrio donde todos siguen mirándolo de reojo. Para ellos no hay fallo que alcance, porque la condena que les cambió la vida no la firmó un juez: la firmamos entre todos, en los likes, los reenviados de WhatsApp y la vereda. Y esa sentencia no tiene apelación posible.
Esto no significa creerle sin más a cualquiera que diga ser inocente, ni mucho menos poner en duda a quien denuncia. Detrás de muchas causas hay víctimas reales que merecen ser escuchadas. La cuestión es otra: como casi nunca sabemos con certeza qué ocurrió, ni el aplauso ni la condena deberían disfrazarse de una seguridad que no tienen.
La presunción de inocencia no es un privilegio que la ley les regala a los acusados; es la defensa que le queda a cualquiera –incluido quien hoy comparte indignado una acusación– el día en que su propio nombre aparezca en un título.
La próxima vez que un titular nos ofrezca un culpable servido, vale la pena preguntarnos si estamos leyendo una noticia o comprando una condena. Y si, cuando llegue el sobreseimiento o absolución –si es que llega–, le vamos a dedicar al menos una parte de la atención que le dimos a la sospecha. Porque todavía hay personas que ganan en los tribunales y pierden para siempre en la vida real. Y el próximo nombre puede ser el de cualquiera.
* Abogado penalista.