El nuevo proyecto de Inocencia Fiscal anunciado por el ministro de Economía, Luis Caputo, fue enviado este jueves por el Gobierno al Congreso. Será la prioridad del oficialismo en la Cámara de Diputados, donde apuestan a poder votarlo en agosto.
Con la Ley de Lobby freezada, la Cámara Baja no tiene grandes temas con los que avanzar hasta que el Senado no le gire, con media sanción, alguna de las iniciativas que aún tiene en debate.
Las comisiones de Presupuesto y Legislación Penal -conducidas por los libertarios Alberto Benegas Lynch y Laura Rodríguez Machado- se reunirán después del receso legislativo para empezar el debate de los cambios al régimen de inocencia fiscal.
Si bien todavía no realizaron un estudio minucioso del nuevo texto, desde el PRO y la UCR se muestran dispuestos a acompañar las modificaciones tal como avalaron la ley original en diciembre.
Sin embargo, van a surgir puntos de discusión y pedidos de modificaciones. Uno de los puntos más sensibles es el hecho de que los funcionarios puedan adherir. Sobre todo después del escándalo por el ex jefe de gabinete Manuel Adorni y su esposa, Bettina Angeletti, que adhirieron al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias contemplado en la ley en junio de 2026 antes de presentar la declaración jurada, lo que levantó aún más sospechas.
“Otra ley hecha a medida” se quejó el peronista Agustín “Chivo” Rossi. “Insistimos con el proyecto que presenté hace unas semanas para excluir a quienes ejercen cargos públicos. La ley no puede ser un salvavidas para los poderosos”, planteó el socialista santafesino, Esteban Paulón.
Por su parte, un aliado radical, experto en temas económicos, pide que se tengan en cuenta a quienes sí declaran todo en tiempo y forma. “Totalmente de acuerdo con darle certezas al ahorrista, pero considero que al buen contribuyente es al que mejor debemos tratar“, afirma.
El proyecto de Inocencia Fiscal tuvo media sanción en Diputados el 17 de diciembre de 2025 con 130 votos positivos, 107 negativos y 2 abstenciones. Hubo 16 ausentes.
Acompañaron con su voto LLA, el PRO, la UCR y legisladores federales de las provincias de Misiones, Catamarca, Tucumán, Salta, entre otros. En contra estuvieron Unión por la Patria, la Izquierda , Encuentro Federal y el grueso de Provincias Unidas. Si esas alianzas se repiten, el proyecto no debería sufrir contratiempos.
En el Senado quedó sancionado el 26 de diciembre con amplia mayoría: 43 votos a favor y 26 en contra.
Qué plantean los cambios
El Régimen de Inocencia Fiscal se aprobó hace siete meses, pero el oficialismo ya plantea cambios. “El espíritu de la ley no cambia en absolutamente nada. El objetivo sigue siendo que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin ninguna penalidad de ningún tipo“, señaló el ministro de Economía, Luis Caputo.
Y en esa línea señaló que las modificaciones son para “aclarar algunos temas que hacen a que los ciudadanos se queden mucho más tranquilos de que, independientemente de quién sea el gobierno de turno, van a estar cubiertos ante estas situaciones”.
Entre las modificaciones se eliminan los topes de $ 1.000 millones de ingresos anuales y $ 10.000 millones de patrimonio para poder ingresar al régimen simplificado de Ganancias. Van a poder ingresar todos, incluso funcionarios, aunque los “grandes contribuyentes” podrán adherir con menos beneficios.
Además , redefine el concepto de “discrepancia significativa”. Actualmente, ARCA puede investigar si hay una diferencia entre lo declarado y lo que el organismo recaudador detecta. Actualmente si se descubre una diferencia del 15% o más sobre lo declarado, la presunción de exactitud cae automáticamente.
El nuevo hace un agregado y plantea que deben cumplirse dos requisitos: aunque se supere el 15% no se quiebra la presunción de exactitud si la diferencia concreta no alcanza los $ 5 millones (el equivalente al 5% del monto de evasión previsto en el Art. 1° de la Ley Penal Tributaria).
A su vez, se le permite a los contribuyentes hacer rectificaciones para no perder los beneficios. Si ARCA detecta una discrepancia significativa, el contribuyente podrá presentar una declaración jurada rectificativa y cancelar la diferencia en hasta 15 días. Si lo hace, no pierde los beneficios.