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Impuesto a las Ganancias: ARCA extendió el plazo para presentar la declaración jurada 2025

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Impuesto a las Ganancias: ARCA extendió el plazo para presentar la declaración jurada 2025
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La prórroga alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, y responde al impacto de una ley sancionada en septiembre. El vencimiento del pago no cambia.

El Ministerio de Justicia creó una comisión para reformar el Código Procesal Civil y Comercial Caputo fijó el tope para que las empresas de servicios públicos subsidiadas recuperen saldos de IVA La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 30 de octubre el plazo para presentar la declaración jurada del impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La medida se oficializó a través de la Resolución General 5911/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial con la firma de su director ejecutivo, Andrés Vázquez.

La prórroga alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas, tanto las responsables del régimen general como las adheridas al Régimen de Declaración Jurada Simplificada. Hasta ahora, el vencimiento para la presentación estaba fijado para el 13 de octubre, tras sucesivas extensiones.

En los considerandos, el organismo explicó que la decisión responde a que el 17 de septiembre se sancionó la Ley 27.826, cuyas disposiciones impactan en la liquidación del impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025. Por eso, ARCA consideró aconsejable, por razones de administración tributaria, ampliar el plazo para facilitar el cumplimiento de las obligaciones.

La extensión solo alcanza a la presentación de la declaración jurada. El vencimiento para el pago del saldo resultante se mantiene en el 27 de julio de 2026, tal como había sido fijado anteriormente.

Como consecuencia de la prórroga, la resolución también posterga hasta el 16 de noviembre de 2026 el proceso sistémico mediante el cual el organismo caracteriza a los contribuyentes como “Pequeño Contribuyente”. Esa fecha había sido diferida previamente al 23 de octubre.

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