El Concejo Deliberante de Salto Encantado aprobó la Ordenanza N° 89, una normativa integral que regula la tenencia de canes de razas con gran potencia de mandíbula o antecedentes de agresividad. La medida busca evitar ataques en la vía pública y garantizar que los propietarios asuman la responsabilidad civil y sanitaria que conlleva tener estos animales.
A partir de ahora, bajo la órbita de Bromatología y Zoonosis, funcionará un registro donde cada dueño deberá inscribir a su mascota, presentando certificados de vacunación y desparasitación al día.
Plazos y requisitos para propietarios
La normativa establece tiempos claros para que los vecinos se pongan en regla:
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Empadronamiento: Quienes ya tengan un perro de estas características cuentan con 60 días para inscribirlo. Para nuevas adquisiciones, el plazo es de 30 días.
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Licencia especial: Para razas específicas, el dueño deberá acreditar mayoría de edad, aptitud psicofísica y contar con un seguro de responsabilidad civil para cubrir eventuales daños a terceros.
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Medidas de seguridad: En la vía pública, estos perros deberán circular obligatoriamente con correa reforzada y bozal.
¿Qué razas alcanza la ordenanza?
La lista incluye, entre otras, a las razas: Pit Bull Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Dóberman, Bullmastiff, Akita Inu y Fila Brasileño. También entrarán en el registro aquellos animales, sin importar la raza, que tengan antecedentes comprobados de ataques.
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Sanciones y proyectos a futuro
El incumplimiento de estas normas no será gratuito. La ordenanza estipula multas que van desde las 5 hasta las 300 unidades fiscales, además de la posible retención del animal en establecimientos municipales hasta que se regularice su situación.
En sintonía con estas exigencias, el municipio planea fortalecer las campañas de castración gratuita y evalúa la creación de un Centro Municipal de Atención y Cuidado Animal, destinado al alojamiento transitorio de perros abandonados o capturados por representar un riesgo en las calles.